Proyecto de ley de la Asamblea (AB) 3 (Zbur, Capítulo 314, Estatutos de 2023), o la Ley de Promoción de la Energía Eólica Marina de California (COWAA), requiere que la Comisión de Energía de California (CEC), en consulta con agencias estatales específicas, incluida la Comisión de Tierras del Estado, Comisión Costera de California, Junta de Desarrollo de la Fuerza Laboral de California, Consejo de Protección Oceánica, Departamento de Pesca y Vida Silvestre, Oficina del Gobernador de Desarrollo Económico y Comercial, Oficina del Gobernador para el Uso del Suelo y la Innovación Climática (anteriormente Oficina de Planificación e Investigación), y otras agencias estatales y federales, para redactar y presentar dos informes al Gobernador y la Legislatura:
- Antes del 31 de diciembre de 2026, presentar un plan de segunda fase para la preparación del puerto marítimo (Código de Recursos Públicos (PRC), Sección 25991.8)
- Antes del 31 de diciembre de 2027, presentar un estudio de viabilidad para lograr el 50 por ciento y el 65 por ciento del ensamblaje y fabricación dentro del estado de proyectos de energía eólica marina (Sección 25991.9 del PRC).
Consulte a continuación para obtener detalles adicionales sobre los requisitos para cada uno de estos informes.
La Comisión de Energía colaborará y consultará con los gobiernos tribales en la elaboración de estos informes. Para más información sobre la participación tribal, comuníquese con asuntostribales@energy.ca.gov.
Además, la Comisión de Energía consultará con las partes interesadas, incluidas, entre otras, organizaciones ambientales, organizaciones de justicia ambiental, grupos pesqueros, sindicatos, defensores de los contribuyentes eléctricos, desarrolladores de energía eólica marina, operadores de buques oceánicos y partes interesadas de la industria relacionada, gobiernos locales, autoridades portuarias públicas y otros usuarios del océano.
Desarrollar un plan y una estrategia de segunda fase para la preparación de los puertos marítimos que se basen en las recomendaciones y alternativas del plan estratégico para los desarrollos de energía eólica marina desarrollado de conformidad con las Secciones 25991 y 25991.3 de la PRC, que se pueden encontrar en Página web de informes AB 525La CEC debe presentar un informe sobre sus recomendaciones para una estrategia de preparación de puertos marítimos al Gobernador y a la Legislatura a más tardar el 31 de diciembre de 2026 (Sección 25991.8 del PRC).
Realizar un estudio sobre la viabilidad de lograr el 50% y el 65% del ensamblaje y la fabricación de proyectos de energía eólica marina en el estado, así como los umbrales de contenido nacional para dichos proyectos, según lo especificado en la Ley Federal de Reducción de la Inflación de 2022 (Ley Pública 117-169). Presentar un informe sobre el estudio al Gobernador y a la Legislatura a más tardar el 31 de diciembre de 2027 (Sección 25991.9 del Código de Regulaciones Públicas).