- Propietario del proyecto
- Generación Índigo, LLC
- Número de expediente
- 01-EP-02
- de Carga
- 135 MW
- Ubicación
- Condado de Riverside
- Tecnología:
- Ciclo Sencillo
- Estado del Proyecto
- Operacional (gas natural)
- Tipo de Proyecto
- Pico de emergencia
La planta de energía Indigo (IEF) está ubicada en North Palm Springs, a media milla al noroeste del intercambio de Indian Avenue con la I-10 en la ciudad de Palm Springs, condado de Riverside, cerca de la intersección de 19th e Indian Avenues en un área dominada por turbinas eólicas.
IEF es una instalación alimentada con gas natural de ciclo simple, de 135 megavatios (MW) nominales, que consta de tres motores de turbina de gas General Electric LM6000 Enhanced Sprint, cada uno con una potencia nominal de 45 MW. Utiliza sistemas catalíticos de reducción catalítica selectiva y oxidación de monóxido de carbono (CO) para controlar las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) y CO.
El IEF fue revisado bajo la sección 25705 del Código de Recursos Públicos, que otorgó a la Comisión de Energía de California (CEC) autoridad para permisos de emergencia, y la Orden Ejecutiva D-26-01, emitida el 8 de febrero de 2001 y la Orden Ejecutiva D-28-01 emitida el 7 de marzo de 2001. 26. En la Orden Ejecutiva D-01-28 y D-01-30, el Gobernador ordenó a la CCA y otras agencias estatales y locales relevantes acelerar la revisión de las plantas de energía térmica propuestas para su construcción y operación en forma de emergencia antes del 2001 de septiembre de 21080. El Gobernador también declaró que estos proyectos eran proyectos de emergencia según la sección 4(b)(XNUMX) del Código de Recursos Públicos y, por lo tanto, están exentos de los requisitos de la Ley de Calidad Ambiental de California (CEQA).
La Decisión Final de la CCA incluía una disposición que permitiría extender la certificación durante la vida del proyecto, siempre que las condiciones de la certificación estuvieran vigentes y cumplieran, el proyecto fuera de naturaleza permanente y los créditos de emisiones al aire estuvieran vigentes. El 11 de abril de 2012, la Comisión de Energía aprobó la extensión (TN 64740) de la Instalación Indigo Energy por la vida útil de la instalación, hasta el momento en que cese sus operaciones y comience las actividades de cierre permanente.
El 12 de agosto de 2024, la entidad matriz de Wildflower Energy LP, Diamond Generating Corporation, propietaria del proyecto, presentó una petición posterior a la certificación ante la Comisión de Energía de California (CEC) solicitando transferir la propiedad y/o el control operativo de la Instalación de Energía Wildflower Indigo (IEF) de Diamond Generating Corporation a Indigo Generation, LLC.
- Orden que aprueba la transferencia del operador a DGC Operations, LLC., TN 32605, 10/26/2004, Aprobación de la Comisión de la transferencia del operador a DGC Operations, LLC.
- Orden que confirma la extensión de las licencias operativas, TN 64740, 04/13/2012, Orden No. 12-0411-05, Aprobación de la Comisión de la autoridad para operar la extensión de conformidad con los términos y condiciones de sus certificaciones durante la vida del proyecto.
Atención: los elementos anteriores que no sean de hipertexto deberán solicitarse al administrador del proyecto de cumplimiento, junto con el número TN del documento, si se proporcionó anteriormente.
Procesos de Certificación y Exención de Centrales Eléctricas
La CCA tiene la autoridad exclusiva para certificar todas las plantas de energía térmica de 50 megavatios (MW) e instalaciones más grandes y relacionadas propuestas para construcción en California. El proceso de Solicitud de Certificación (AFC) es un programa regulatorio certificado bajo la Ley de Calidad Ambiental de California (CEQA). Como programa regulatorio certificado, la CCA no prepara informes de impacto ambiental (EIR) en un procedimiento de AFC, sino que prepara documentos de evaluación ambiental que son funcionalmente equivalentes a los EIR. Un certificado emitido por el CEC reemplaza cualquier permiso, certificado o documento similar requerido por cualquier agencia estatal, local o regional, o agencia federal en la medida permitida por la ley federal, y reemplaza cualquier estatuto, ordenanza o regulación aplicable. de cualquier agencia estatal, local o regional, o agencia federal en la medida permitida por la ley federal.
Procedimiento original
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