- Propietario del proyecto
- Distrito de riego imperial
- Número de expediente
- 06-SPPE-01
- de Carga
- 93 MW
- Ubicación
- Condado imperial
- Tecnología:
- Ciclo Sencillo
- Estado del Proyecto
- Exentado
- Tipo de Proyecto
- Exención para pequeñas centrales eléctricas
El 13 de marzo de 2006, el Distrito de Irrigación Imperial (IID) presentó una solicitud de Exención para Pequeñas Plantas Eléctricas (SPPE). El IID busca una exención de los requisitos de licencia de la Comisión de Energía de California. Si se concede una exención, el solicitante deberá obtener las licencias y permisos adecuados para el proyecto de varias agencias locales, estatales y federales.
El IID propone construir y operar una planta de energía de ciclo simple de 93 megavatios (MW) nominales en un sitio de 22 acres al noreste de Niland, California. Esta instalación propuesta se conoce como Planta de Turbinas de Gas Niland (NGTP). El IID sería propietario y operaría la instalación. El sitio propuesto es propiedad del IID y está adyacente a la subestación Niland existente del IID. El proyecto abastecería las necesidades internas de generación de energía del territorio de servicio del IID durante los períodos de máxima demanda eléctrica.
La planta constaría de dos generadores de turbina de combustión (CTG) General Electric LM6000 PD SPRINT NxGen equipados con serpentines enfriadores de aire de entrada, sistema de tratamiento de aguas residuales con descarga cero de líquido (ZLD), sistemas de tratamiento y almacenamiento de agua, equipos compresores de gas y transmisión e interconexión eléctrica. sistema y sistemas y equipos auxiliares asociados.
El proyecto se interconectará directamente al bus de 92 kilovoltios (kV) en la subestación adyacente Niland. Se construirá un nuevo patio de distribución de generación intermedia para recolectar la producción del proyecto y proporcionar un punto común de interconexión con la Subestación Niland.
Exención para pequeñas centrales eléctricas
El proceso de Exención de Pequeñas Plantas Eléctricas (SPPE) de la CCA permite a los solicitantes que proponen plantas de energía térmica de entre 50 y 100 MW obtener una exención de la jurisdicción de la CCA y proceder con permisos locales en lugar de exigir la certificación de la CCA. La CCA puede otorgar una exención si determina que la instalación propuesta no creará un impacto adverso sustancial en el medio ambiente o los recursos energéticos. Estas instalaciones quedaron exentas de la jurisdicción de la CCA.
Procedimiento original
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