- Propietario del proyecto
- Servicios públicos de Riverside
- Número de expediente
- 04-SPPE-01
- de Carga
- 96 MW
- Ubicación
- Condado de Riverside
- Tecnología:
- Ciclo Sencillo
- Estado del Proyecto
- Exentado
- Tipo de Proyecto
- Exención para pequeñas centrales eléctricas
El 29 de abril de 2004, Riverside Public Utilities (RPU) presentó una solicitud de Exención para pequeñas plantas de energía (SPPE). RPU busca una exención de los requisitos de licencia de la Comisión de Energía de California. Si se concede una exención, el solicitante deberá obtener las licencias y permisos adecuados para el proyecto de varias agencias locales, estatales y federales.
RPU propone construir y operar una planta de energía de ciclo simple de 96 megavatios (MW) nominales en un sitio cercado de 12 acres dentro de la ciudad de Riverside, California. Esta instalación propuesta se conoce como Proyecto del Centro de Recursos Energéticos de Riverside (RERC). RPU desarrollaría, construiría, poseería y operaría la instalación. El sitio propuesto es propiedad de la ciudad de Riverside y está adyacente a la planta de tratamiento de aguas residuales de la ciudad en un área de fabricación e industria ligera. La Planta de Tratamiento de Aguas Residuales está ubicada en el lado oeste del Proyecto e incluye una instalación de cogeneración de 3.3 MW. Las dos instalaciones estarían interconectadas tanto para energía eléctrica como para aire comprimido. La planta de energía y el edificio administrativo y el almacén asociados ocuparían aproximadamente 8 de los 12 acres con los 4 acres adicionales reservados para almacenamiento de equipos y estacionamiento de construcción.
Exención para pequeñas centrales eléctricas
El proceso de Exención de Pequeñas Plantas Eléctricas (SPPE) de la CCA permite a los solicitantes que proponen plantas de energía térmica de entre 50 y 100 MW obtener una exención de la jurisdicción de la CCA y proceder con permisos locales en lugar de exigir la certificación de la CCA. La CCA puede otorgar una exención si determina que la instalación propuesta no creará un impacto adverso sustancial en el medio ambiente o los recursos energéticos. Estas instalaciones quedaron exentas de la jurisdicción de la CCA.
Procedimiento original
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