- Propietario del proyecto
- IP Perkins, LLC e IP Perkins BAAH, LLC
- Número de expediente
- 24-OPT-01
- de Carga
- 1,150 megavatios (MW) fotovoltaicos / 1,150 MW, 4,600 MW-hora de almacenamiento
- Ubicación
- Condado imperial
- Tecnología:
- Energía solar fotovoltaica (PV) + almacenamiento de energía en baterías
- Estado del Proyecto
- Bajo revisión
- Tipo de Proyecto
- Optar en
IP Perkins, LLC, IP Perkins BAAH, LLC y sus filiales relacionadas (colectivamente, el "Solicitante"), subsidiarias de Intersect Power, LLC proponen construir, operar, mantener y desmantelar el Proyecto de Energía Renovable Perkins (el proyecto), un proyecto de aproximadamente 1,150 Instalación de almacenamiento de energía solar fotovoltaica (PV) de megavatios (MW) y baterías en tierras públicas administradas por la Oficina de Administración de Tierras (BLM) y la Oficina de Reclamación (BOR) de los Estados Unidos y en tierras privadas en el condado de Imperial al este de El Centro, California.
El proyecto generaría y almacenaría electricidad renovable a través de conjuntos de paneles solares fotovoltaicos, un sistema de almacenamiento de energía en baterías (BESS) e instalaciones adjuntas. La capacidad final del proyecto se basaría en la optimización de la superficie edificable y la tecnología solar fotovoltaica en el momento de la adquisición. El proyecto construiría una nueva línea de conexión de generación que conectaría la subestación del proyecto a un nuevo patio y medio de interruptores de alto voltaje. El generador tendría aproximadamente 200 pies o 1.3 millas de largo dependiendo de las dos ubicaciones opcionales de la subestación. Desde el patio de distribución, se construirían dos nuevas líneas de transmisión en bucle de 500 kilovoltios (kV) para interconectarse con la línea de transmisión existente de 500 kV Southwest Power Link de San Diego Gas and Electric Company (SDG&E) que viaja de este a oeste justo al sur del proyecto. sitio.
Dependiendo del cronograma del acuerdo de interconexión, si lo aprueba la CCA, el proyecto podría estar operativo a fines de 2027. El proyecto podría operar por hasta 50 años o más. El área de desarrollo solar del proyecto propuesto incluye los siguientes terrenos:
aproximadamente 4,708 acres de terreno público administrado por BLM para la instalación solar, incluidos paneles solares fotovoltaicos, inversores/transformadores, líneas de media tensión, subestaciones, BESS y áreas de operación y mantenimiento,
aproximadamente 515 acres en terrenos privados para la instalación del panel solar fotovoltaico, inversor/transformador y línea de media tensión,
aproximadamente 828 acres en terrenos BOR para la instalación de paneles solares fotovoltaicos, inversores/transformadores e instalación de líneas de media tensión, y
aproximadamente 75 acres de perturbación adicional en tierras de BLM y BOR para el patio de maniobras y dos líneas de transmisión de 500 kV para conectarse a la línea de transmisión de 500 kV existente de SDG&E.
Certificación de participación
Antes de la firma del Proyecto de Ley de la Asamblea (AB) 30 el 2022 de junio de 205, la jurisdicción de concesión de licencias para centrales eléctricas de la CCA se limitaba a centrales térmicas de 50 megavatios (MW) o más. Para acelerar la transición del estado a la energía renovable y mantener la confiabilidad del sistema eléctrico durante esta transición y durante eventos extremos impulsados por el cambio climático, la AB 205, modificada por la AB 209, amplía los tipos de instalaciones que pueden ser certificadas por la CCA. Este proceso de certificación “Opt-in” está disponible para plantas de energía solar fotovoltaica y eólica terrestre de 50 MW o más, instalaciones de almacenamiento de energía de 200 megavatios-hora (MWh) o más, las líneas de transmisión eléctrica desde estas instalaciones hasta el primer punto de interconexión, e instalaciones que fabrican o ensamblan energía limpia o tecnologías de almacenamiento o sus componentes con una inversión de capital de al menos $250 millones. Además, las centrales térmicas de 50 MW o más que no utilizan combustibles fósiles o nucleares pueden elegir el proceso de participación voluntaria en lugar del proceso de Solicitud de Certificación de la CCA. AB 205 autoriza a la CCA a aceptar solicitudes para estas instalaciones y proporciona un proceso nuevo y simplificado para su revisión y decisión por parte de la CCA. La CCA es la “agencia líder” según la Ley de Calidad Ambiental de California y debe preparar un informe de impacto ambiental para cualquier instalación que opte por acogerse a la jurisdicción de la CCA. Con excepciones, la emisión de un certificado por parte de la CCA para una instalación elegible reemplaza cualquier permiso, certificado o documento similar requerido por cualquier agencia estatal, local o regional, o agencia federal en la medida permitida por la ley federal, y reemplaza cualquier estatuto, ordenanza o regulación aplicable de cualquier agencia estatal, local o regional, o agencia federal en la medida permitida por la ley federal. La autoridad de la CCA bajo el programa de certificación voluntaria no reemplaza la autoridad de la Comisión de Tierras del Estado de California para exigir arrendamientos y recibir ingresos por arrendamiento, si corresponde, ni la autoridad de la Comisión Costera de California, la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco, la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos o la junta regional de control de calidad del agua correspondiente o, en el caso de instalaciones de fabricación, el distrito local de gestión de la calidad del aire correspondiente o el Departamento de Control de Sustancias Tóxicas.
Contactos
Gestora de Proyectos
Lisa Worrall
STEPsiting@energy.ca.gov
(Ingrese el nombre del proyecto en la línea de asunto del correo electrónico)
916-661-8367
Preguntas de participación pública
Consejero Público
publicadvisor@energy.ca.gov
916-269-9595
Consultas de Medios
Oficina de Medios y Comunicaciones Públicas
mediaoffice@energy.ca.gov
916-654-4989