Propietario del proyecto
Soda Mountain Solar, LLC
Número de expediente
24-OPT-03
de Carga
300 megavatios (MW) fotovoltaicos / 300 MW, 1,200 MW-hora de almacenamiento
Ubicación
Condado de San Bernardino
Ecológica
Energía solar fotovoltaica (PV) + almacenamiento de energía en baterías
Estado del Proyecto
Bajo revisión
Tipo de Proyecto
Optar en
Descripción del Proyecto

Soda Mountain Solar, LLC (solicitante), propone construir, operar y mantener una instalación de generación y almacenamiento de energía solar fotovoltaica (PV) a gran escala y la infraestructura asociada para generar y entregar electricidad renovable a la red de transmisión de electricidad en todo el estado. El Proyecto Solar Soda Mountain (proyecto) generaría hasta 300 megavatios (MW) de energía renovable e incluiría hasta 300 MW de almacenamiento en baterías. El proyecto también incluye un futuro desmantelamiento, que se prevé que se produzca después de 30 años de funcionamiento. El proyecto está ubicado en aproximadamente 2,670 acres de tierra administrada por la Oficina de Administración de Tierras del Departamento del Interior de los EE. UU., Distrito del Desierto de California, dentro de la jurisdicción de la Oficina de Campo de Barstow en el Condado de San Bernardino. 

Los componentes del proyecto son los siguientes: 1) El sitio de la planta solar (es decir, todas las instalaciones que crean una huella dentro y alrededor del campo de paneles solares, incluido el campo solar que consta de paneles de energía solar), edificios y estructuras de operación y mantenimiento, aguas pluviales. infraestructura, e infraestructura y mejoras relacionadas. 2) Una subestación y patio de maniobras para la interconexión al sistema de transmisión existente. 3) Aproximadamente 300 MW de sistema de almacenamiento de energía en baterías en 18 acres.

El proyecto operaría durante todo el año y generaría electricidad durante las horas del día. El proyecto generaría y entregaría energía solar a la red eléctrica regional a través de una interconexión con la línea de transmisión existente Marketplace-Adelanto de 500 kilovoltios (kV) operada por el Departamento de Agua y Energía de Los Ángeles.

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29 de agosto de 2025 | 01:00 - 05:00 p.m.
Acceso Remoto o Presencial

Certificación de participación

Antes de la firma del Proyecto de Ley de la Asamblea (AB) 30 el 2022 de junio de 205, la jurisdicción de concesión de licencias para centrales eléctricas de la CCA se limitaba a centrales térmicas de 50 megavatios (MW) o más. Para acelerar la transición del estado a la energía renovable y mantener la confiabilidad del sistema eléctrico durante esta transición y durante eventos extremos impulsados ​​por el cambio climático, la AB 205, modificada por la AB 209, amplía los tipos de instalaciones que pueden ser certificadas por la CCA. Este proceso de certificación “Opt-in” está disponible para plantas de energía solar fotovoltaica y eólica terrestre de 50 MW o más, instalaciones de almacenamiento de energía de 200 megavatios-hora (MWh) o más, las líneas de transmisión eléctrica desde estas instalaciones hasta el primer punto de interconexión, e instalaciones que fabrican o ensamblan energía limpia o tecnologías de almacenamiento o sus componentes con una inversión de capital de al menos $250 millones. Además, las centrales térmicas de 50 MW o más que no utilizan combustibles fósiles o nucleares pueden elegir el proceso de participación voluntaria en lugar del proceso de Solicitud de Certificación de la CCA. AB 205 autoriza a la CCA a aceptar solicitudes para estas instalaciones y proporciona un proceso nuevo y simplificado para su revisión y decisión por parte de la CCA. La CCA es la “agencia líder” según la Ley de Calidad Ambiental de California y debe preparar un informe de impacto ambiental para cualquier instalación que opte por acogerse a la jurisdicción de la CCA. Con excepciones, la emisión de un certificado por parte de la CCA para una instalación elegible reemplaza cualquier permiso, certificado o documento similar requerido por cualquier agencia estatal, local o regional, o agencia federal en la medida permitida por la ley federal, y reemplaza cualquier estatuto, ordenanza o regulación aplicable de cualquier agencia estatal, local o regional, o agencia federal en la medida permitida por la ley federal. La autoridad de la CCA bajo el programa de certificación voluntaria no reemplaza la autoridad de la Comisión de Tierras del Estado de California para exigir arrendamientos y recibir ingresos por arrendamiento, si corresponde, ni la autoridad de la Comisión Costera de California, la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco, la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos o la junta regional de control de calidad del agua correspondiente o, en el caso de instalaciones de fabricación, el distrito local de gestión de la calidad del aire correspondiente o el Departamento de Control de Sustancias Tóxicas.

Contactos

Gestora de Proyectos

Lisa Worrall
STEPsiting@energy.ca.gov
(Ingrese el nombre del proyecto en la línea de asunto del correo electrónico)
916-661-8367

Preguntas de participación pública

Consejero Público
publicadvisor@energy.ca.gov
916-269-9595

Consultas de Medios

Oficina de Medios y Comunicaciones Públicas
mediaoffice@energy.ca.gov
916-654-4989

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