- Propietario del proyecto
- Fuente Wind LLC
- Número de expediente
- 23-OPT-01
- de Carga
- Hasta 205 megavatios
- Ubicación
- Condado de Shasta
- Tecnología:
- North Wind/Viento del Norte
- Estado del Proyecto
- Bajo revisión
- Tipo de Proyecto
- Optar en
El Proyecto Fountain Wind es una instalación de generación de energía eólica propuesta por Fountain Wind LLC (Solicitante) en aproximadamente 2,855 acres de terreno privado arrendado en la zona no incorporada del condado de Shasta, California. La propiedad está ubicada aproximadamente a 1 milla al oeste del Proyecto Eólico Hatchet Ridge existente, 6 millas al oeste de Burney, 35 millas al noreste de Redding, inmediatamente al sur de la Ruta 299 del Estado de California (SR 299) y cerca de las instalaciones recreativas privadas de Moose Camp y otras participaciones privadas. En general, el proyecto tendría una capacidad de generación total nominal de hasta 205 megavatios. El solicitante propone construir hasta 48 turbinas, cada una con una capacidad de generación de hasta 7.2 megavatios. La infraestructura e instalaciones asociadas incluirían un sistema colector eléctrico aéreo y subterráneo de 34.5 kilovoltios para conectar las turbinas entre sí y a una subestación colectora en el sitio; líneas de comunicación de fibra óptica aéreas y subterráneas; una estación de conmutación en el sitio para conectar el proyecto a la red regional existente operada por Pacific Gas and Electric Company; un área temporal de construcción y depósito de equipos; nueve áreas de depósito temporal distribuidas por todo el sitio del proyecto para almacenar y preparar temporalmente materiales y equipos; una instalación de operación y mantenimiento con estacionamiento para empleados; hasta cuatro torres permanentes de evaluación meteorológica (MET); despliegue temporal y episódico de sistemas móviles de detección y medición de distancia sónica (SoDAR) o de detección y medición de luz (LiDAR) dentro de áreas de perturbación identificadas (por ejemplo, en ubicaciones MET); dos cobertizos de almacenamiento; y tres plantas discontinuas temporales. Se construirían hasta 19 millas de nuevos caminos de acceso dentro del sitio del proyecto y se mejorarían hasta 19 millas de caminos existentes. No se proponen nuevas líneas de transmisión.
Próximos Eventos
Eventos pasados
Certificación de participación
Antes de la firma del Proyecto de Ley de la Asamblea (AB) 30 el 2022 de junio de 205, la jurisdicción de concesión de licencias para centrales eléctricas de la CCA se limitaba a centrales térmicas de 50 megavatios (MW) o más. Para acelerar la transición del estado a la energía renovable y mantener la confiabilidad del sistema eléctrico durante esta transición y durante eventos extremos impulsados por el cambio climático, la AB 205, modificada por la AB 209, amplía los tipos de instalaciones que pueden ser certificadas por la CCA. Este proceso de certificación “Opt-in” está disponible para plantas de energía solar fotovoltaica y eólica terrestre de 50 MW o más, instalaciones de almacenamiento de energía de 200 megavatios-hora (MWh) o más, las líneas de transmisión eléctrica desde estas instalaciones hasta el primer punto de interconexión, e instalaciones que fabrican o ensamblan energía limpia o tecnologías de almacenamiento o sus componentes con una inversión de capital de al menos $250 millones. Además, las centrales térmicas de 50 MW o más que no utilizan combustibles fósiles o nucleares pueden elegir el proceso de participación voluntaria en lugar del proceso de Solicitud de Certificación de la CCA. AB 205 autoriza a la CCA a aceptar solicitudes para estas instalaciones y proporciona un proceso nuevo y simplificado para su revisión y decisión por parte de la CCA. La CCA es la “agencia líder” según la Ley de Calidad Ambiental de California y debe preparar un informe de impacto ambiental para cualquier instalación que opte por acogerse a la jurisdicción de la CCA. Con excepciones, la emisión de un certificado por parte de la CCA para una instalación elegible reemplaza cualquier permiso, certificado o documento similar requerido por cualquier agencia estatal, local o regional, o agencia federal en la medida permitida por la ley federal, y reemplaza cualquier estatuto, ordenanza o regulación aplicable de cualquier agencia estatal, local o regional, o agencia federal en la medida permitida por la ley federal. La autoridad de la CCA bajo el programa de certificación voluntaria no reemplaza la autoridad de la Comisión de Tierras del Estado de California para exigir arrendamientos y recibir ingresos por arrendamiento, si corresponde, ni la autoridad de la Comisión Costera de California, la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco, la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos o la junta regional de control de calidad del agua correspondiente o, en el caso de instalaciones de fabricación, el distrito local de gestión de la calidad del aire correspondiente o el Departamento de Control de Sustancias Tóxicas.
Contactos
Gestora de Proyectos
Kaycee Chang
STEPsiting@energy.ca.gov
(Ingrese el nombre del proyecto en la línea de asunto del correo electrónico)
916-232-6913
Preguntas de participación pública
Consejero Público
publicadvisor@energy.ca.gov
916-269-9595
Consultas de Medios
Oficina de Medios y Comunicaciones Públicas
mediaoffice@energy.ca.gov
916-654-4989