Los depósitos de solicitud de licencia y las tarifas de cumplimiento están establecidos por estatuto (Código de Recursos Públicos, sección 25806) de la siguiente manera:

  • Depósito de la Solicitud de Certificación (AFC) y de la Solicitud de Certificación Opt-In: Se debe presentar un depósito no reembolsable de $750,000 junto con la solicitud de licencia. La CEC facturará al solicitante los costos reales de tramitación de la solicitud si supera el depósito de $750,000.
  • Cuota anual de cumplimiento: $70,000. Para las instalaciones con licencia posterior al 1 de enero de 2004, la primera cuota anual vence cuando la CEC emite la licencia mediante la decisión final. Los pagos posteriores vencen el 1 de julio de cada año. (El año fiscal de la cuota anual es del 1 de julio al 30 de junio).
  • Tarifa de solicitud de post-certificación: Se debe presentar junto con la solicitud una tarifa no reembolsable de $5,000. La CEC facturará al propietario del proyecto los costos reales de tramitación de la solicitud si superan la tarifa de $5,000.

El depósito para la licencia y las tarifas de cumplimiento y solicitud se ajustan anualmente según la ley estatal. Los montos de depósito y tarifa que se muestran arriba están vigentes del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026.

Tarifas de exención para plantas de energía pequeñas

Los solicitantes que pidan una exención para plantas de energía pequeñas (SPPE) deben reembolsar el costo real de la CEC para preparar y procesar una declaración negativa, una declaración negativa mitigada o un informe de impacto ambiental de conformidad con la Ley de Calidad Ambiental de California.

Se requiere un depósito al momento de la solicitud. Si los costos superan el depósito, se facturará al solicitante la diferencia. Se otorgará un reembolso si los costos son inferiores al depósito. No se aplica una cuota anual de cumplimiento, ya que la CEC no otorga la licencia del proyecto si se concede la exención para pequeñas centrales eléctricas.

Tarifas del Departamento de Pesca y Vida Silvestre de California

El Departamento de Pesca y Vida Silvestre de California (CDFW) requiere una tarifa de presentación de documentos ambientales: consulte CEQA - Tarifas de presentación de documentos ambientalesPara una Solicitud de Certificación aprobada por la CEC, la tarifa del CDFW corresponde al monto indicado para un documento ambiental del Programa Regulatorio Certificado. La tarifa del CDFW para la aprobación por parte de la CEC de una solicitud de Exención o Certificación de Inclusión para Pequeñas Centrales Eléctricas corresponde al monto indicado para una Declaración Negativa, una Declaración Negativa Mitigada o un Informe de Impacto Ambiental, según corresponda. La tarifa del CDFW está incluida en el costo de la licencia o exención que pagan los solicitantes.